Se presenta su caso de bancarrota. ¿Ahora que?


Ahora que su caso ha sido presentado, puede respirar un poco más tranquilo. Al presentar el caso, la ley federal lo protege de la mayoría de las acciones de los acreedores, que incluyen:

• Demandas

• Reposesiones

• Creación o ejecución de gravámenes (es decir, embargos, ejecuciones hipotecarias, etc.)

• Llamadas de cobro, cartas, demandas, etc.

• Compensaciones, y

• Más….

Estas protecciones provienen de 11 U.S.C.§362, que es una disposición de la ley federal también conocida como Suspensión Automática. La Suspensión automática es un mandato temporal y permanecerá vigente hasta que se ingrese su descarga. En algunos casos, como si está atrasado en el pago de su hipoteca o automóvil, el prestamista puede solicitar que se elimine la suspensión automática, para que puedan recuperar la garantía o ejecutar la hipoteca sobre una casa.

La suspensión automática también puede limitarse a 30 días (o no entrar en vigencia en absoluto) si ha tenido una o más quiebras activas anteriores en los últimos 12 meses. Si esto se aplica a usted, hable con su abogado, ya que es posible que pueda obtener la extensión de la Suspensión automática si tiene razones convincentes para la presentación de casos consecutivos.

Si actualmente se encuentra bajo un embargo de salario, recuérdele a su abogado que envíe un aviso a su empleador sobre la declaración de bancarrota. Deberá hacer un seguimiento con su empleador para confirmar que han recibido lo que necesitaban para detener sus embargos salariales. Comuníquese con su abogado si tiene problemas con su empleador.


Correspondencia del Administrador (Trustee)


A pesar de que su caso ha sido presentado y ahora está disfrutando de un respiro de los cobradores, aún debe permanecer activo con su caso. Dentro de las 2 a 3 semanas posteriores a la presentación de su caso, recibirá una carta del síndico de la quiebra en la que le solicitará los documentos y la información necesarios antes de su reunión de acreedores §341.

Si no recibe una carta, consulte con su abogado, ya que es posible que esté preparando un paquete para el fideicomisario en su nombre. Todavía se requerirá su ayuda con algunos elementos adicionales, así que asegúrese de verificar cualquier mensaje de correo electrónico de su abogado sobre solicitudes adicionales y responda de inmediato.

Tenga en cuenta que la mayoría de los fideicomisarios requieren la recepción de los documentos solicitados 1 o 2 semanas antes de la Reunión de acreedores §341. Si no cumple a tiempo con estas solicitudes, su caso podría retrasarse o desestimarse.


§341 Junta de Acreedores

Al presentar su caso, su abogado debería haberle enviado información sobre la fecha, la hora y el lugar de su reunión de acreedores. Se espera que haga los arreglos necesarios con su empleador para que pueda tomarse el tiempo libre necesario para asistir a esta reunión. Esto debe ser tratado como una audiencia en la Corte. Se le proporciona un aviso de la reunión con aproximadamente 40 días de anticipación para que tenga suficiente tiempo para hacer los arreglos. El Tribunal programa los días y horas de las reuniones, que no se pueden cambiar a menos que tenga razones excepcionales (es decir, emergencia de salud, empleo obligatorio fuera de la ciudad, etc.). Su abogado estará presente con usted en esta audiencia.

Debe presentar una identificación con foto y prueba original de su número de seguro social. Esto generalmente se logra presentando una licencia de conducir y su tarjeta de seguro social. Tenga en cuenta que no se aceptará un certificado de nacimiento, y los pasaportes solo reemplazarán su identificación, pero no su tarjeta de seguro social. Si ha perdido o extraviado su tarjeta de Seguro Social, el fideicomisario aceptará un W-2 o 1099 original, siempre que su nombre completo y número de seguro social figuren en estos documentos.

La mayoría de las reuniones de acreedores §341 duran alrededor de 5 minutos por caso. Pero planee estar en la Corte por alrededor de una hora. Cuando llamen su nombre, presentará su identificación al síndico y prestará juramento. El síndico le hará preguntas sobre cuánto tiempo ha vivido en Arizona, si se ha declarado en bancarrota anteriormente, si enumeró todos sus activos y deudas. , etc.  El síndico también puede tener preguntas sobre grandes transacciones en sus cuentas bancarias o información recopilada de sus declaraciones de impuestos o calendarios de bancarrota. Haz lo mejor que puedas para responder a estas preguntas. Recuerde que está bajo juramento y su testimonio se toma bajo pena de perjurio. Si no entiende una pregunta o no está seguro de cómo responder, puede pedir ayuda a su abogado.

No es raro que el síndico solicite documentos e información adicionales. Si corresponde, se le proporcionará una lista de elementos adicionales que el fideicomisario aún necesita de usted. Es importante que continúe cumpliendo con cada solicitud legal que el fideicomisario le haga.

No hay un código de vestimenta formal para estas reuniones. Pero, recomendamos un atuendo casual de negocios. Si viene al Tribunal directamente del trabajo, está bien que venga con su uniforme de trabajo.


Cambios a §341 Reunión de Acreedores causados por la Pandemia de Covid-19. A partir de marzo de 2020, estas reuniones se han llevado a cabo de forma remota. Principalmente por conferencia telefónica. Ocasionalmente por videoconferencia Zoom. Si su fideicomisario asignado celebra estas reuniones por teléfono, recibirá un número de teléfono y un código de acceso para acceder a la conferencia telefónica. Silencie su teléfono hasta que se llame su nombre. Si su fideicomisario asignado realiza estas reuniones por Zoom, recibirá un enlace para unirse a la reunión aproximadamente una semana antes de la hora programada. Verifique dos veces su perfil de Zoom para asegurarse de que aparezca su nombre completo para que la oficina del fideicomisario pueda identificarlo y traerlo a la reunión de Zoom. No sabemos cuándo o si las reuniones volverán a ser presenciales, así que consulte con su abogado si tiene alguna duda.


Después de la reunión de acreedores §341


Si aún no lo has hecho, tienes 45 días para realizar tu curso de Consejería de Segundo Crédito. Si no completa este curso a tiempo, es posible que su caso se cierre sin una descarga. Usted es responsable de cualquier tarifa de presentación de la reapertura del caso y de los honorarios legales. Hágalo temprano, para que no se le olvide.

Si está pagando la tarifa de presentación de la corte a través de un plan de cuotas, es probable que su primer pago sea aproximadamente una semana después de su reunión de acreedores. Asegúrese de cumplir con el plan de cuotas ordenado por el Tribunal. Si no cumple con los plazos, su caso puede ser desestimado. Págalo antes si puedes.


Descarga (Discharge)


Suponiendo que haya completado su segundo curso de asesoramiento, se haya hecho cargo de todas las tarifas de presentación y no haya objeciones de los acreedores, entonces su caso puede cancelarse dentro de los 60 a 90 días posteriores a la reunión de acreedores §341. El Tribunal le enviará por correo una notificación de la descarga una vez que se haya ingresado. Para obtener más información sobre cómo funciona una descarga, haga clic aquí.